Dentro de la
Asociación existirán las siguientes clases de socios:
a) Socios numerarios
b) Socios honorarios
c) Patrocinantes.
a) Serán socios numerarios aquellas personas físicas que, reuniendo los
requisitos previstos en los presentes Estatutos, soliciten y obtengan tal
condición.
b) Serán socios honorarios aquellas personas físicas o jurídicas que,
por su prestigio o por haber contribuido significadamente con la Asociación o sus fines,
sean nombrados como tales por la Junta Directiva.
En la admisión de Miembros se observarán las reglas siguientes:
A) En dicha propuesta se consignarán los datos personales del aspirante, deberan entregar copias de soportes educativo. propuesta se someterá a la consideración de la Junta Directiva, que podrá comprobar, siempre que lo requiera, los conocimientos o experiencia del aspirante.
La admisión de los socios deberá ser aprobada por mayorí
a de la Junta Directiva.
Aprobada la propuesta, la Secretaría comunicará al nuevo miembro el acuerdo de admisión, remitiéndole para su conocimiento un ejemplar de los presentes Estatutos. Asimismo, se le hará entrega de su carné de miembro, autorizado con las firmas del Presidente y del Secretario.*
* (Estos recibirán un diploma como “Miembro de Numerario” de nuestra entidad, deberán cancelar 2,5 UT para su emisión.).
por el momento se abrirá dos modalidades PROFESIONALES Y ESTUDIANTES.