La deontología es el estudio de la
conducta y la moral profesional.
Uno de los deberes cívicos de todo ciudadano
es conocer la
Constitución, para exigir sus derechos y cumplir con sus
obligaciones; es decir, con las normas esenciales de convivencia.
Los magistrados judiciales se encuentran con
frecuencia ante problemas cuya solución requiere conocimientos especiales,
ajenos a su preparación jurídica, y en tales casos recurren a técnicos en la
materia correspondiente, a los cuales piden una opinión sobre el punto por
aclarar.
Esta colaboración incorporada a la practica
y a los textos legales es lo que se llama un “peritaje judicial” el perito es
quien lo realiza.
La función pericial requiere tres funciones:
*Preparación técnica.
*Moralidad y
*Discreción.
No se puede ser buen perito si falta alguna
de estas condiciones. El deber de un perito es decir la verdad; pero para ello
es necesario: primero saber encontrar la verdad, y después querer decirla. Lo
primero es un problema científico y lo segundo es un problema moral.
En su investigación el perito debe ser:




El perito emitirá un “Dictamen” por escrito
acerca de la investigación, empleando un lenguaje sencillo, pero el perito debe
cuidar dos cosas: La corrección gramatical y la dignidad del estilo, dos
aspectos formales de la seriedad científica.
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